Gas de Camisea: la seguridad energética viene primero
 

En reciente comunicado, el Colegio de Ingenieros del Perú se opone a la exportación del gas de Camisea pues se desabastece el mercado interno, lo que pone en peligro la seguridad energética. El CIP tiene razón. Veamos por qué.

1) Las reservas probadas de gas de los Lotes 88 y 56 de Camisea, según el Anuario 2005 de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), ascienden a 11,2 billones de pies cúbicos (bpc). En julio del 2005, el consorcio Pluspetrol envió a la DGH un informe señalando que dichas reservas llegaban a 13,58 bpc). Pero la DGH lo desestimó y las reservas se quedaron en 11,2 bpc.

2) La DGH ha estimado la demanda interna para los próximos 20 años en 4,0 bpc. El proyecto de exportación a México (o a Chile) se estima en 4,2 bpc. En total, 8,2 bpc. Pero este cálculo no tiene en cuenta la demanda del Perú del 2025 al 2045, que sería, por lo menos, igual a los primeros 20 años, es decir, 4,0 bpc. Al sumar esta cantidad a los 8,2 bpc, tenemos 12,2 bpc, lo que quiere decir que las reservas no son suficientes.

3) Cuando se firmó el contrato por el Lote 88 a fines del 2000, regía la Ley 27133 (Ley de Promoción del Gas Natural) y su reglamento (DS- 040 EM 99). Allí se decía que "la garantía de abastecimiento al mercado nacional debe tener un horizonte permanente de 20 años", lo que quiere decir, por ejemplo, que en el año 7 las reservas deben garantizar el abastecimiento 20 años más. Y así hasta el término del contrato, que dura 40 años. Conclusión: el gas del Lote 88 no se puede exportar porque es para el mercado interno.

4) Pero como el consorcio del Lote 56 quería exportar de todas maneras, tenía que "prestarse" las reservas del Lote 88, para lo cual había que cambiar las leyes. Eso fue lo que se hizo, bajo Toledo, lo que concluyó en junio del 2005 con la Ley 28552, que ya no habla de horizonte permanente, sino solo de 20 años.

6) En diciembre del 2005 se aprobó el DS-050-2005-EM, que autoriza a Perupetro a modificar el Contrato del Lote 88 "para asegurar el abastecimiento del mercado interno por 20 años", lo que se hace en enero del 2006, haciendo mención específica a la Ley 28552. Ya no rige la Ley de 1999, sino la del 2005. Ya se puede exportar el gas del Lote 88. El Estado ha sido privatizado y ahora "la ley" está del lado de los exportadores.

7) Para poder exportar gas el consorcio del Lote 56 debe encontrar sus propias reservas y no usar las del Lote 88. El consorcio dice que en la zona hay más reservas que las actuales, "lo que se verá en los próximos años". Puede ser. Ojalá. Pero mientras éstas no se encuentren, no se debe comprometer el gas del Lote 88, como diversos especialistas lo sostienen desde hace varios años.

8) Imaginemos que no hay más reservas: ¿habríamos cambiado buena parte de nuestra matriz energética, con inversiones millonarias, para que solo dure 20 años? Además, está fresco el ejemplo de la suspensión de las ventas de gas de Argentina a Chile, cuando el primero se dio cuenta de que no le alcanzaba gas para satisfacer su consumo interno y, a la vez, exportar a Chile. Esto no nos puede pasar.

9) Si al consorcio del Lote 56 le faltan reservas para exportar, entonces que busque un seguro de mercado con reservas de otros países. Como están totalmente convencidos de que se va a encontrar más gas en la zona, probablemente ni siquiera tengan que usarlo. En todo caso, es su problema, no el nuestro. Eso es lo que el gobierno debe decirle al consorcio, pues su primera obligación es con el país.

Hay otros problemas que merecen ser tratados, como el mercado de destino del gas, las regalías y la vinculación de algunos socios del Lote 56 con los socios de Perú LNG, lo que queda pendiente.

Publicado el 14 de Febrero de 2007
   
 
   
 
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